Urbanismo

Urbanismo

La Delegación de Urbanismo es la encargada de ordenación urbanística de la localidad, así como su adecuada desarrollo y aplicación. Desde este departamento, se otorgan además las correspondientes licencias de construcción y obras para los diferentes edificios.

Desde esta área, nos marcamos unos objetivos principales que consisten en hacer del urbanismo una herramienta de Transformación Social. Para ello, se seguirá dotando de las infraestructuras necesarias encaminadas a mejorar la vida de los moriscos y moriscas.

Los ámbitos que desarrolla la delegación de urbanismo son: Gestión Urbanística, Planeamiento Urbanístico, Disciplina Urbanística, Tramitación de Licencias Urbanística y Revisión PGOU. En esta concejalía, se integran todas las actividades relacionadas con la Planificación y el Desarrollo urbanístico, la Planificación en materia de Vivienda, así como la Gestión de la Oficina Municipal de la Vivienda y todo lo relacionado con Licencias, Proyectos y Obras Municipales.

Seguiremos apostando por las energías alternativas, el cuidado del Medioambiente, la Accesibilidad y la sostenibilidad de nuestro pueblo.

Antonio Martín Melero, concejal de Urbanismo

PGOU

El Plan General de Ordenación Urbanística de La Puebla de Cazalla, aprobado definitivamente por resolución de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Sevilla, fue publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, número 12, del lunes 20 de enero de 2020.

 

Vivienda

El Ayuntamiento cuenta con una Oficina Municipal de Vivienda en la que se llevan a cabo todas las gestiones encaminadas en mantener actualizado el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida,

Obras Públicas

Listado de obras públicas realizadas por el Ayuntamiento de La Puebla de Cazalla

Plan Municipal de Vivienda y Suelo

Plan Municipal de Vivienda y Suelo

PLAN MUNICIPAL DE VIVIENDA Y SUELO

DEL AYUTAMIENTO DE LA PUEBLA DE CAZALLA 2016-2020

El Ayuntamiento de La Puebla de Cazalla tomó la decisión de redactar el Plan Municipal de Vivienda y Suelo como instrumento previo a implementar en el municipio las distintas actuaciones en materia de vivienda , con un conocimiento real de las necesidades existentes en el municipio sobre el acceso a la vivienda y a la rehabilitación, analizando aspectos como la demanda real de vivienda, la situación residencial existente o el mercado inmobiliario, apoyados en la información que aportó la participación ciudadana.

En el 2016 se aprobó dicho plan, recibiéndose desde el Servicio de Vivienda de la Consejería de Fomento y Vivienda, un documento de objeciones sobre el contenido del Plan Municipal de Vivienda y Suelo. A pesar de que las consideraciones al contenido el plan no tenían un obligado cumplimiento para modificarlo, el Ayuntamiento vio necesario completar su Plan Municipal de Vivienda y Suelo y revisarlo teniendo en cuenta las recomendaciones de la Consejería de Fomento y Vivienda con el fin de cerrar un documento acorde al contenido mínimo establecido.

Es por ello, que se presenta el nuevo documento, aprobado inicialmente en sesión plenaria de carácter extraordinario, el pasado 7 de junio de 2018.

El documento que se expone, presenta contenido modificado y de nueva redacción en relación al documento inicial. Se ha optado por resaltar el contenido revisado con un tipo de letra sombreada para su mejor identificación.

El Plan Municipal de Vivienda y Suelo 2016-2020 se plasma en un Documento principal PMVS, Anexos enumerados del I al X y un Documento de síntesis sobre la información recopilada en el Documento principal.

A continuación se desglosa la composición del Plan Municipal de Vivienda y Suelo 2016-2020, como texto refundido tras su revisión, y el contenido genérico de cada documento:

DOCUMENTOS:

  • Documento principal donde se recogen datos para el estudio sobre información y diagnosis de necesidad en materia de vivienda, así como el plan de actuación, evaluación económica y medidas de seguimiento.

  • Documento de síntesis. Resumen sobre la información recogida en el Documento del PMVS a modo de resumen mediante gráficos y tablas. Datos estadísticos actualizados a abril de 2018.

Demandantes de Vivienda Protegida

Demandantes de Vivienda Protegida

El Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida es un instrumento que sirve para regular la adjudicación de viviendas protegidas promovidas en La Puebla de Cazalla, tanto de iniciativa pública como privada.

Para ser adjudicatario de una vivienda protegida, ya sea en compra o en alquiler, será necesaria la inscripción en este registro.

¿Quién puede inscribirse?

Se podrán inscribir las personas físicas, mayores de edad o menores emancipados judicialmente, las unidades familiares o las unidades de convivencia que tengan interés en residir en el municipio, que cumplan los requisitos para acceder a una vivienda protegida, que en términos generales son:

·   Ser mayor de edad o menores emancipados judicialmente.

·   No ser titular de una vivienda en propiedad, ni estar en posesión de la misma en virtud de un derecho real de uso o disfrute vitalicio.

· Acreditar el solicitante o la unidad familiar o de convivencia unos ingresos que no excedan de los ingresos máximos exigidos para cada promoción de viviendas. En el caso de solicitar una vivienda en propiedad, se exigen unos ingresos mínimos de 1 vez el IPREM.

Como criterio de preferencia en la selección de demandantes de viviendas protegidas en La Puebla de Cazalla, el demandante tiene que estar empadronado en el municipio y haberlo estado dos de los últimos siete años inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la inscripción. Sin embargo, no es un criterio obligatorio para la inscripción.

¿Qué es el IPREM?

IPREM son las siglas de Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, que es el índice de referencia en España para calcular el umbral de ingresos, sustituyendo al Salario Mínimo Interprofesional desde el 1 de julio de 2004, que, desde entonces, se utiliza exclusivamente en el ámbito laboral.

Sirve para medir el nivel de renta para determinar la cuantía de determinadas prestaciones o para acceder a determinados beneficios, prestaciones o servicios públicos.

Puede comprobar si sobrepasa los ingresos exigidos a través de este enlace:

Calculo IPREM

¿Qué pasos debe seguir para inscribirse?

El plazo de inscripción está abierto indefinidamente, tanto para las nuevas inscripciones como para modificar y actualizar datos.

1.  Conocer la ordenanza reguladora del Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida

2. Cumplimentar el formulario de inscripción

3. Adjuntar la documentación necesaria

4. Presentar el formulario cumplimentado y la documentación exigida en la oficina del Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida situada en la Plaza de Andalucía s/n, en horario de 10:00 a 13:00 horas

Información específica, en el:

Telf.: 954 499 423 

correo:  registrodemandantesvp@pueblacazalla.com

Inscripción

La inscripción se realizará una vez que  se haya comprobado por el Registro que el solicitante reúne los requisitos exigidos para el acceso a una vivienda protegida. En caso de denegarse la inscripción, ésta le será comunicada para que pueda alegar lo que estime conveniente.

Todas las personas que tengan intención de convivir serán titulares del contrato de compraventa o de alquiler, y por lo tanto, deberán cumplir todos los requisitos exigidos para el acceso a la vivienda.

La inscripción estará vigente durante un periodo de 3 años desde que fuera practicada o desde el momento que se produzca una modificación por la persona demandante de alguno de los datos aportados. En los tres meses anteriores a la finalización del período de vigencia señalado, la persona interesada podrá solicitar la renovación de la inscripción practicada.

Las personas inscritas tienen la obligación de comunicar al Registro Municipal de Demandantes la modificación de los datos recogidos en la solicitud.

Los efectos de la inscripción se suspenderán, con pérdida de antigüedad, durante el tiempo en el que el demandante no cumpla con el deber de comunicación de nuevos datos.

Denegación

Son causas de denegación de la solicitud:

  • Cuando no se aporten los datos requeridos.
  • Cuando de los datos aportados o de la verificación realizada por el Registro Municipal de Demandantes resulte que los solicitantes no se incluyen en ninguno de los grupos de acceso a la vivienda protegida de conformidad con los requisitos establecidos.
  • Cuando el integrante de una unidad familiar o una unidad de convivencia estuviese ya inscrito como demandante de vivienda protegida, sea a título individual o formando parte de una unidad familiar o de convivencia distinta. Se excepcionará las unidades familiares que tengan compartida la guardia y custodia de los hijos.
  • Cuando los solicitantes ya estén inscritos simultáneamente en tres Registros Municipales de Demandantes.
  • Cuando no haya transcurrido tres años desde que se procediese a la cancelación de la inscripción por haber renunciado voluntariamente por dos veces a la vivienda o promoción para la que hubiesen sido seleccionados

Adjudicación de viviendas     

                                                            

Cuando algún promotor promueva viviendas protegidas se dirigirá al Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida para que le suministre una lista de compradores o de inquilinos si fuese el caso.

La lista estará compuesta de tantos adjudicatarios como viviendas existan y sus correspondientes suplentes, resultado de la selección realizada conforme establece la ordenanza municipal, que consiste en emplazar a los demandantes por cupos y dentro de cada cupo el sistema de selección será el sorteo.

Sin embargo, existe un cupo que queda exento de sorteo. Se trata de aquellas unidades familiares con personas con movilidad reducida por causa de minusvalía obligados a trasladarse habitualmente en sillas de ruedas o con ayuda de cualquier otro medio técnico, para los que se destinan las viviendas adaptadas.  La adjudicación de viviendas a estos demandantes se hará por antigüedad y sin sorteo, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos.  Tendrán preferencia los demandantes que sean usuarios de silla de ruedas y, en caso de viviendas vacantes, los demandantes que padeciendo movilidad reducida permanente en los desplazamientos o en la deambulación, acrediten la necesidad de que la vivienda sea accesible, mediante certificado expedido por la Consejería competente en materia de integración social de personas con discapacidad.

Vivienda

Vivienda

El Ayuntamiento cuenta con una Oficina Municipal de Vivienda en la que se llevan a cabo todas las gestiones encaminadas en mantener actualizado el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida, un instrumento público, obligatorio y gratuito que establece las bases y los procedimientos para la inscripción, la selección de las personas demandantes y la adjudicación de las viviendas protegidas en el ámbito municipal con los principios de igualdad, transparencia, publicidad y concurrencia y de conformidad con lo dispuesto en las bases reguladoras de los Registros Públicos Municipales.

Otras gestiones que se tramitan desde la Oficina Municipal de la Vivienda:

  • Información y tramitación de las diferentes Ayudas públicas al alquiler que se convocan periódicamente: Ayudas alquiler para vivienda habitual y permanente, Ayudas alquiler a familias víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras especialmente vulnerables, Ayudas bono joven al alquiler para menores de 35 años, Ayuda municipal alquiler de vivienda para familias en situación de especial vulnerabilidad.

  • Información y tramitación de Ayudas de Rehabilitación de vivienda y edificios, ayudas para mejorar la accesibilidad o la eficiencia energética de viviendas y edificios, etc.

  • Asesoramiento e intermediación para la protección de víctimas de desahucios de su vivienda habitual.

  • Intermediación entre la ciudadanía y la Agencia de la Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), con titularidad de viviendas públicas en el municipio, para la comunicación de cualquier necesidad que presenten las personas arrendatarias sobre dichas viviendas.

En aras de mantener actualizado el Callejero Digital de Andalucía Unificado (CDAU) que, como infraestructura de información, es la base de una cartografía de referencia para la gestión y explotación de datos procedentes tanto de fuentes y registros administrativos como de información estadística y/o cartográfica. Un conjunto de datos geográficos, de vías y portales de Andalucía, incluyendo todos los núcleos de población y los diseminados. La Oficina Municipal de Vivienda juega un papel activo tanto en la creación de datos del CDAU como en el mantenimiento y actualización de la información ya unificada, en colaboración con Instituto Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA).

Asimismo, se trabaja en la redacción y modificación de Plan Municipal de Vivienda y Suelo. Documento que recoge las necesidades de vivienda del municipio y detalla las actuaciones que se deben impulsar en la localidad para responder a esta demanda. Con un importante trabajo de recogida de datos e impulso de un Plan de Participación Ciudadana.

Atención al Público:

De lunes a viernes, de 10:00h a 13:00h. En la primera planta del edificio de Servicios Sociales sito en Plaza de Andalucía S/N.

Teléfono de contacto: 954499423

Email: registrodemandantesvp@pueblacazalla.com

Demandantes de Vivienda Protegida

El Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida es un instrumento que sirve para regular la adjudicación de viviendas protegidas promovidas en La Puebla de Cazalla, tanto de iniciativa pública como privada.

Para ser adjudicatario de una vivienda protegida, ya sea en compra o en alquiler, será necesaria la inscripción en este registro.

Plan Municipal de Vivienda y Suelo

El Ayuntamiento de La Puebla de Cazalla tomó la decisión de redactar el Plan Municipal de Vivienda y Suelo como instrumento previo a implementar en el municipio las distintas actuaciones en materia de vivienda , con un conocimiento real de las necesidades existentes en el municipio sobre el acceso a la vivienda y a la rehabilitación, analizando aspectos como la demanda real de vivienda, la situación residencial existente o el mercado inmobiliario, apoyados en la información que aportó la participación ciudadana.

PGOU La Puebla de Cazalla

PGOU La Puebla de Cazalla

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

El Plan General de Ordenación Urbanística de La Puebla de Cazalla, aprobado definitivamente por resolución de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Sevilla, fue publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, número 12, del lunes 20 de enero de 2020.

Recogía el artículo 8 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía que los Planes Generales de Ordenación Urbanística establecen, en el marco de los Planes de Ordenación del Territorio, la ordenación urbanística en la totalidad del término municipal y organizan la gestión de su ejecución, de acuerdo a las características del municipio y los procesos de ocupación y utilización del suelo actuales y previsibles a medio plazo.

En este sentido, el artículo 63 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, determina que el Plan General de Ordenación Municipal tiene por objeto establecer, en el marco de la ordenación territorial, el modelo general de ordenación del municipio. Descargar PGOU